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martes, 26 de diciembre de 2023

CONSTITUCION DEMOCRATICA

 


CONSTITUCION DEMOCRATICA

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La constitución democrática es el texto legal con el que se constituye la democracia.





La constitución es el texto que constituye la democracia.


 

Se incluye  principios éticos democráticos básicos. Los derechos y libertades democráticos fundamentales a existir y los procedimientos legales para su funcionamiento correcto.

 

Se redacta esa ley, se aprueba por el gobierno y el parlamento y se hace un referéndum en el que el pueblo vota favorablemente.

 

Sin embargo no se organizan profesionales que defiendan suficientemente la constitución  como es necesario que se realice.


Toda clase de anti - democratas se presentan a las elecciones, la vulneran impunemente y nos organizan una dictadura, sin defensores mínimamente preparados.

 

Es un fallo garrafal emitir leyes sin garantías de que se vayan a cumplir y sin defensores eficaces y que acaben siendo papel mojado o una mera referencia para entender como puede ser una democracia, no para serlo.


Convienen defensores eficaces que defiendan la democracia, la legalidad democrática y por su puesto la constitución y a las personas, de gobiernos opresores y mandamases abusivos y no se han preparado a estos defensores adecuadamente.

ESCUELA LIBRE DE DERECHO



DEMOCRACIA

 

Democracia es el gobierno del pueblo. Originalmente eran ciudades democráticas y se gobernaba a través de asambleas.



DEFINICION DE ESTADO DEMOCRATICO

 


El estado democrático está gobernado por el pueblo y con gobiernos representativos que se renuevan en elecciones periódicas, para el bien de las personas del país.


El pueblo puede seguir gobernando con referéndums.


En este estado se establecen unos derechos que se realizan eficazmente y se vive libremente, con sinceridad e información veraz.


 

Esta definición es adecuada democráticamente porque si en un estado democrático se realizan así las cosas, se cumple la voluntad del pueblo.

Por eso dentro de los términos expuestos puede realizarse un estado perfectamente democrático.





 

JUSTICIA: HAY JUSTICIA DONDE EL DERECHO PREVALECE SOBRE LA LEY Y LAS DECISIONES DE GOBIERNO. ES DECIR: DONDE NO SE ABUSA DE NADIE.

LAS DEMOCRACIAS SON SOCIEDADES JUSTAS Y LAS DICTADURAS INJUSTAS. Donde los mandos abusan todo lo que les da la gana y más.


SON NECESARIOS DEFENSORES QUE DEFIENDAN LOS DERECHOS.


Los derechos no tienen que cargarse, si existe un derecho no debe admitirse carga fiscal alguna por realizarlo.


Convienen unos pocos cargos, muy bien preparados y personas benéficas, con política de pleno empleo y con ayudas públicas como complemento. La Democracia cuando se hace así funciona mejor que cualquier otro régimen. Si no hay partido político alguno con estos objetivos, conviene mucho formarlo y se puede mejorar mucho la sociedad así.




DEFINICION DE ETICA


La ética conociendo la naturaleza humana, estudia las condiciones generales adecuadas para evitar desgracias, para mantenerse en buen estado y desarrollarse hasta alcanzar la plenitud.


La Democracia viene bien con buenas gentes de verdad.


Con ética se pueden establecer unos valores éticos y unos principios éticos, además de  unas consideraciones y unos derechos adecuados.

 

CONSENSO CONSTITUCIONAL

 

La constitución que constituye un régimen democrático pasa por varias fases antes de ser aprobada.

En primer lugar se llega a un acuerdo o consenso entre diferentes grupos sociales de la mayor relevancia.

Se ha consensuado tras una negociación en la que se ha tenido que ceder de sus posiciones iniciales, por todas las partes.

Por ello no le gusta mucho a nadie, aunque es preferible un acuerdo y para ello se cede flexiblemente.

 

Después ha de ser aprobada por el gobierno, por el parlamento y por el pueblo en referéndum y se ha de realizar verídicamente  en la práctica diaria y si es así como se organiza un país, puede considerarse que es una democracia.




DEMOCRACIA CONSTITUCIONAL


La Democracia Constitucional ha de tener para un funcionamiento democrático, dos característica:

 

1)     Una constitución plenamente democrática aprobada en referéndum.

 

2)      Una manera de hacer cumplir la Constitución.

 

 

Con igualdad ante la ley e información veraz, de forma que se ha de hacer cumplir esta constitución también al gobierno y en general a los cargos políticos.

 



NUEVAS CONSTITUCIONES


Una solución bastante definitiva a los problemas económicos y sociales actuales, tras cambiar los gobiernos con elecciones y partidos políticos más democráticos, es el establecimiento de nuevas y mejores Constituciones democráticas y estableciendo su obligatorio cumplimiento.


Algunas características adecuadas son:

 

El estadio actual de: “Dictaduras de los fiscales” se  puede superar ya que en la constitución además de señalar las características de la fiscalidad democrática, se ha de dejar claro que impuestos son aceptables democráticamente y solo son dos tipos de impuestos, uno consistente en una parte progresiva de los beneficios, con un máximo posible en el 50%, y un segundo tipo de impuestos que serían sobre el consumo, evitando que se impongan sobre los artículos de necesidad y con límites.


Se ha de organizar en la misma constitución una normativa que indique las características que han de cumplir los partidos políticos para ser aceptables y que perfiles personales son los que pueden ser admisibles para ocupar cargos. 


Los políticos no han de ser jefes, solo representantes o delegados del pueblo para procurar por su bien, dejando claro el tipo de gobierno que pretenden hacer de antemano y con las obligaciones que se incluyan por ocupar su cargo, cono el ser de índole temporal y que han de abandonar obligatoriamente al vencer el plazo, incluso por un  regente con la misión de propiciar elecciones, si no hubiesen elecciones posibles de inmediato, etc.


 

La supresión de los derechos y libertades no mejora los posibles problemas de orden público y no ha de existir esa posibilidad. Si existiesen fuertes problemas de este tipo,  cabe poder imponer un toque de queda y disponer un aumento de las cantidades presupuestadas a inspección, policía e información veraz, para aclarar las causas de los problemas y solucionarlos.

 

Cabe incluir una educación democrática, enseñando los derechos que se tienen en la educación básica.

 

La financiación pública de los partidos no puede limitarse a los que más votos consigan porque también hace falta que sigan apareciendo nuevos partidos de los de características más idóneas y se han de financiar con subvenciones y ayudas públicas, considerándolos sociedades benéficas sin ánimo de lucro.

 

Por supuesto hace falta la división de poderes, la limitación del poder político y tribunales a los que puedan denunciarse los abusos sobre los derechos o la libertad y el incumplimiento de la constitución.


Tribunal Constitucional, para hacer cumplir la constitución.


Tribunal sobre derechos y libertades, para esta temática y hacer cumplir los derechos establecidos y evitar represión sobre la vida libre democrática.


 Se ha de eliminar todo tipo de indefensión y todo tipo de denuncias ha de poder ponerlas cualquier persona, sin más exigencias.


En el caso de guerra, pueden suspenderse las elecciones y la renovación de cargos hasta tiempos de paz.




RENOVACIONES DEMOCRATICAS



La democracia tiene que tener una cierta renovación, para que se pueda mantener con el paso del tiempo.


Tiene que contener un sistema eficaz para poderse renovar.


Se han de renovar los cargos políticos en elecciones y la misma constitución se tiene que poder renovar, incluyendo un nuevo referéndum, realizado con plenas garantías de  información veraz,  libertad de expresión y de recuento lo más exacto posible de votos.



Si resulta imposible renovar la constitución cuando sea conveniente hacerlo, puede también emitirse una nueva y novedosa constitución democrática anulando la anterior con el voto favorable del pueblo, realizado con plenas garantías de información veraz, libertad de expresión y de recuento lo más exacto posible de votos.


Incluyendo defensores  independientes  y eficaces que defiendan la constitución y que exijan su recto y derecho cumplimiento, con capacidad para hacerla cumplir.


Puede hacerse cumplir la constitución  directamente como inspectores o a través de juzgados predispuestos a ello, mediante denuncias y puede que con algún sistema más.





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